Diferencia entre homicidio y asesinato

delito patrimonial económico

Diferencia entre homicidio y asesinato

Diferencia entre homicidio y asesinato

Definición de homicidio

Comete el delito de homicidio el que mata a otro, sin que existan circunstancias específicas que agraven el delito.

El homicidio puede ser doloso (voluntario) o culposo (involuntario, por imprudencia), dependiendo de la existencia o inexistencia de un ánimo de matar y de las circunstancias en las que se produjo la muerte.

Definición de asesinato

Comete delito de asesinato el que mata a otro, concurriendo la circunstancia de alevosía, o la existencia de un precio, recompensa o promesa, o de ensañamiento, o para facilitar la comisión de otro delito o para evitar que se descubra. El asesinato es por tanto un homicidio cualificado, agravado por la concurrencia de una de tales circunstancias.

Penalidad del homicidio

La pena por homicidio en España es la de diez a quince años de prisión, con la accesoria de inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena.

Circunstancias agravantes

Existen circunstancias agravantes que pueden agravar la pena, como el abuso de superioridad, utilizar disfraz, cometer el delito por motivos racistas, antisemitas, antigitanos u otra clase de discriminación referente a la ideología, religión o creencias de la víctima, la etnia, raza o nación a la que pertenezca, su sexo, edad, orientación o identidad sexual o de género, razones de género, de aporofobia o de exclusión sexual, la enfermedad que padece o su discapacidad, la circunstancia de parentesco, o ser reincidente.

Circunstancias eximentes

No obstante, existen circunstancias que pueden eximir al autor de su responsabilidad criminal, como la incapacidad por cualquier anomalía o alteración psíquica de comprender la ilicitud del hecho o actuar conforme a esa comprensión; la de estar en estado de intoxicación plena a causa de su grave adicción a las bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas u otras que produzcan efectos análogos; la de tener gravemente alterad la conciencia de la realidad por sufrir alteraciones en la percepción desde el nacimiento o desde la infancia; la de obrar en legítima defensa; la de obrar por estado de necesidad; la de obrar por miedo insuperable; y la de obrar en cumplimiento de un deber.

Circunstancias atenuantes

Existen circunstancias atenuantes que pueden reducir la pena, como cualquiera de las eximentes anteriores que no se den de forma completa; el actuar el culpable a causa de su grave adicción a las bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas u otras que produzcan efectos análogos; haber actuado por arrebato, obcecación, u otros estados pasionales de entidad semejante; haber confesado el culpable la infracción a las autoridades antes de conocer que el procedimiento se dirige contra él; la reparación o disminución antes del juicio de los efectos del daño ocasionado a la víctima; o la dilación extraordinaria e indebida en la tramitación del procedimiento.

Penalidad del asesinato

El asesinato está castigado en España con la pena de quince a veinticinco años de prisión, o incluso con la pena de prisión permanente revisable cuando concurran determinadas circunstancias (víctima menor de 16 años, o especialmente vulnerable por su edad, enfermedad o discapacidad; que el hecho se cometa tras una agresión sexual a la víctima; o que se cometa por quien pertenezca grupo ou organización criminal),  con la accesoria siempre de inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena.

 

Los juicios por homicidio o asesinato se llevan a cabo ante un Tribunal de Jurado, conocido como Jurado popular, siendo tanto el procedimiento como el juicio completamente distintos a los demás procedimientos y juicios penales. De hecho, muchos abogados no han llevado nunca un juicio ante un Tribunal de Jurado. Es por ello muy importante contar cuanto antes con un asesoramiento cualificado y con suficiente experiencia.

 

En Sanz de Bremond Abogados llevamos acusaciones y defensas en juicios ante Tribunal del Jurado, por homicidio u asesinato, desde que hace 29 años empezaron los juicios con Jurado. Por ello, ofrecemos desde un primer momento asesoría especializada a los familiares de las víctimas de un homicidio o asesinato,  personándonos como abogados de la acusación particular en el procedimiento judicial, para ejercitar correctamente la acusación, o en su caso ofrecemos asesoría especializada a los detenidos o investigados para garantizarles la mejor defensa que puedan obtener. No dudes en contactarnos inmediatamente para una consulta .